Wednesday, November 22, 2006

No Ha Lugar Fallo adverso para Industriales

No Ha Lugar Fallo adverso para Industriales

Por Pachy Rodríguez
Periódico El Norte
Edición 815- Año 18
Del 22 al 28 de noviembre de 2006




La serie entre Toa Alta y Barceloneta continúa este viernes tras estar detenida por dos semanas mientras se veía la protesta. En la foto Raúl Santana de Toa Alta.
El Oficial Examinador de la protesta incoada por los Industriales de Barceloneta sobre la alegada ilegalidad del lanzador Alexander Marchesi, determinó el lunes un No Ha Lugar convalidando así la victoria de los Llaneros de Toa Alta en el primer juego de la serie de cuarto de finales, la que continuará este próximo viernes.

En una extensa Resolución, el licenciado Jaime Albizu Lamboy Riley expuso las razones que motivaron el fallo que favorece a los campeones actuales de la Coliceba y que motivó la cancelación de la serie por dos semanas.

Según la relación de hechos, Toa Alta sometió el contrato de Marchesi el 12 de octubre pasado, fecha final para firmar jugadores para participar en la fase regular. Sin embargo, al concluir el torneo e ir a las series, los Llaneros modificaron el róster a 27 jugadores, según dispone el Reglamento de la Coliceba.

Al hacer tal movimiento, Toa Alta incluyó al tirador Ricardo López el lugar 22 de la matrícula, puesto que pertenecía a Marchesi y a éste le removieron al 26. En el puesto 27 Toa Alta adicionó al jugador Jorge Morales.

Marchesi, quien tiró este año un juego sin hits para los Bravos de Cidra en la Federación de Béisbol, fue el iniciador el 10 de este mes en el comienzo de la serie en Barceloneta. Sólo lanzó 5.1 entradas, dejando el juego empate a una carrera a su salida en el sexto giro. Posteriormente, el juego lo gano Toa Alta, 4-2, en 12 entradas.

Al siguiente día, sábado 11, tras una evaluación de la matrícula activa de Toa Alta, los gerenciales de Barceloneta se percatan que Marchesi estaba en un puesto reservado para jugadores colegiales por lo que proceden a radicar la protesta.

Acto inmediato, el presidente de la Coliceba, Ralph Pagán Archeval, delegó en Lamboy Riley la función adjudicativa del caso. La vista para escuchar los planteamientos se produjo el pasado jueves 16 de noviembre.

Según las reglas de la Coliceba, la cantidad de jugadores activos permitidos es de 25 jugadores.
Sin embargo, el Artículo III (A) (1) del Reglamento dispone que: “Ningún equipo podrá tener ningún jugador inactivo, excepto aquel que esté fuera del país como militar, estudiante, por motivos de su trabajo, de su esposa o parientes inmediatos. El apoderado deberá solicitar su inclusión en un listado especial de inactivos, inmediatamente que el jugador abandone el País, sometiendo pruebas al efecto. Estos jugadores fuera del país por estudios, ejército o trabajo, estarán bajo listado especial y sobre la cantidad aprobada para el Torneo. Un total máximo de cinco jugadores podrán estar en este listado de inactivos tales como colegiales, ausentes por motivo de viaje y ejército.”

Esta cláusula permite que aparte de los 25 jugadores activos, los equipos puedan tener un máximo de cinco (5) peloteros como reservas inactivas.

Por otro lado, el Artículo X (A) (2) indica que si dentro del reglón de reservas inactivas el equipo tiene “algunos peloteros colegiales, éstos se activarán una vez terminen sus compromisos hasta un máximo de (2) jugadores, para un total de 27 jugadores activos para la postemporada.”

Este artículo se incorporó al Reglamento mediante enmienda del 6 de agosto este año con el efecto práctico de que para la post-temporada, los equipos puedan ampliar su róster a 27 jugadores, disponiéndose que los puestos 26 y 27 deban ser jugadores colegiales, que a su vez pertenecieran a la lista de reservas inactivas.

De una revisión exhaustiva del Reglamento de la Coliceba, reza la Resolución, se entiende “que la postura de Barceloneta es correcta en términos conceptuales”.

Marchesi no podía ocupar el puesto 26 en la lista de jugadores activos de Toa Alta ya que no cumplía con los requisitos para ocupar el mismo, bajo el amparo de no ser un jugador colegial que estuviera fuera de Puerto Rico.

No obstante, Marchesi sí pertenecía a la lista de jugadores regulares del equipo desde el 12 de octubre, por lo tanto la ilegalidad en el róster sometido el 9 de noviembre consiste en el movimiento del jugador del puesto 22 como jugador regular al puesto 26 como jugador colegial, por razón de la expansión autorizada por el Reglamento.

El Oficial Examinador determinó que Marchesi es elegible para participar en las series, pero declaró “nulo e inoficioso” el róster sometido por Toa Alta el 9 de noviembre de 2006 por no cumplir con las disposiciones del Reglamento de la COLICEBA.

Esto implica que los jugadores Christopher Narváez, Ricardo López Cambier y Jorge Morales son eliminados del róster por sus adiciones haber sido contrarias al Reglamento.


En la parte final del documento se apercibe que la parte adversamente afectada por Resolución podrá radicar dentro del término de diez (10) días siguientes a la fecha de la notificación de la Resolución, una solicitud ante el Presidente de la Coliceba para que nombre un Comité de Apelaciones, según el Artículo XIII del Reglamento.

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